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Sin datos de calidad la justicia se ‘cierra’ (Parte 2)

Para mejorar las cifras con las que evaluamos la seguridad y la justicia en México, primero es preciso comprender las debilidades de nuestra actual forma de generar estadísticas. Y detectar un riesgo siempre latente: los errores en el registro de datos delictivos. Aquí entregamos una radiografía completa de las áreas de oportunidad en los modelos estadísticos y de registro delictivo.

En la primera entrega de este artículo demostramos la importancia de contar con información de calidad para impulsar la justicia en México desde el diseño de mejores políticas públicas. También subrayamos que nuestro país ha avanzado una enormidad en la sistematización e institucionalización de las estadísticas de seguridad y justicia, aunque existen áreas de oportunidad muy claras. Las enunciaremos en cinco aspectos:

  1. Generación de datos bajo una lógica del sistema de justicia inquisitivo. Del diseño de las variables y sus indicadores, no se identifica una visión que contemple armónicamente los principios del sistema de justicia penal acusatorio (i.e. la igualdad procesal tanto de víctimas como de imputados, las diversas salidas previstas por el sistema).

Tanto la información del INEGI como la recabada por el Secretariado sigue respondiendo más a una lógica del sistema inquisitivo, cuyo centro son los expedientes y no las audiencias, en donde prevalece el uso de la prisión sobre otras conclusiones. Por ejemplo, el Censo de Procuración de Justicia continúa registrando el número de actas circunstanciadas, aun cuando la figura no se encuentra prevista en el sistema acusatorio.

  1. Prevalece un enfoque de seguridad sobre una visión sistémica que articule también a la justicia. Esto se observa tanto en el diseño de los instrumentos de captación de información como en el establecimiento de las prioridades y los ejercicios de planeación.

Por ejemplo, la información del Secretariado continúa enfocada en el registro de información relacionada con delitos considerados prioritarios que anteriormente eran denominados de alto impacto, como son robo, secuestro, homicidio y extorsión; mientras que otros fenómenos criminales que pueden igualmente causar graves afectaciones, que son de interés público (desaparición, otras formas de violencia de género y violencia feminicida) o de interés en términos de efectividad del sistema de justicia, no son puestos sobre la mesa.

Ojo, no me refiero a dejar de medir la incidencia de ciertos delitos, sino que planteo la necesidad de preguntarnos si son ésos los únicos que nos proponemos conocer, los que reflejan de manera precisa la realidad nacional. Esto abarca por supuesto no sólo contemplar los tipos de delitos, sino también a las distintas instancias operadoras del sistema de justicia penal que debieran corresponsabilizarse en la generación de información.

  1. No hay un compromiso real de registrar y visibilizar la información de las víctimas del delito. Aun cuando la metodología del Secretariado ha promovido el registro del número y sexo de las víctimas, la información que registran las procuradurías es incipiente y de baja calidad.

Por ejemplo, se observa una relación promedio de una víctima por carpeta de investigación, independientemente del delito de que se trate. Esto permite inferir que el registro atiende más a una lógica inercial de carpetas que a la observación efectiva de víctimas involucradas con posibles características diferenciadas. Al respecto, vale la pena apuntar que las fiscalías no tienen necesariamente los mejores incentivos para registrarlas, dado que su reconocimiento puede involucrar la activación de los fondos de reparación y apoyo.

  1. Prevalecen diferencias en cuanto a los criterios para el registro y clasificación de información. Pese a los esfuerzos por la estandarización –como el uso de la Norma Técnica–, tanto en entidades federativas como a nivel federal existen factores que afectan su homologación y que pueden significar riesgos de “reclasificación”. Por ejemplo, la tipificación que se realiza de los delitos en cada Código Penal puede sugerir diversos supuestos, con sus correspondientes formas de registro y protocolos de atención, como es el caso de los feminicidios.
  2. La indefinición de competencias entre ámbitos de gobierno abre también riesgos de posible impunidad. En casos en los que no se define adecuadamente un hecho delictivo, se incide directamente en la posible indefinición de competencias entre el fuero federal y el local, lo que genera riesgos de subregistro y potencial impunidad.

Ahora bien, estos son algunos aspectos que afectan la generación de información desde el diseño de los instrumentos y sus definiciones, pero no son los únicos riesgos latentes a la calidad de la información. Es necesario advertir que tanto en el proceso penal como en el procesamiento de información estadística, existen peligros de subregistro, “errores” de registro y manipulación de datos, respecto de los cuales es necesaria su identificación, prevención y contención.

Hablaré a grandes rasgos de dos tipos de peligros. Por un lado, los que se desarrollan en una primera etapa y que inducen al subregistro o a “errores” de registro y, por el otro, los que se desarrollan en una etapa más avanzada que alientan la manipulación deliberada de lo datos.

Primera etapa: subregistro o errores de registro

Existen dos principales factores que pueden dar lugar a este problema:

  1. La toma de decisiones o determinaciones procesales por parte de los operadores. Por ejemplo, cuando un Ministerio Público toma conocimiento de un hecho delictivo toma una primera decisión: abrirle una carpeta de investigación o bien, levantar un acta circunstanciada o asignarle un número de atención. En cualquiera de los dos últimos, los delitos no quedarán registrados como parte de la incidencia delictiva. Quizá generen algún registro, pero no será el estadístico ni aquel que permita su trazabilidad y seguimiento.

Otro ejemplo de toma de decisiones que ejemplifica esta situación es cuando se decide remitir el caso a un Centro de Justicia Alternativa, en el que se le asignará algún otro número de seguimiento pero éste no sumará a las estadísticas delictivas. Tan sólo en una encuesta que levantamos para el programa de Justicia de México Evalúa en mujeres víctimas del delito y atendidas en estos centros, pudimos encontrar casos de intento de feminicidio, abuso sexual de menores, violación y otros, que no se encontraban reflejados en los delitos registrados en las carpetas de investigación.

  1. Prácticas en la operación que también inciden en la forma de registrar la información. Por ejemplo, la adopción de modelos de gestión específicos en las fiscalías locales (como el de los tres pisos, el de atención diferenciada de la demanda u otros) pueden privilegiar el descongestionamiento de las instituciones e incentivar la canalización de casos sin que se guarde un registro específico de los delitos.

El ejercicio de la facultad de abstenerse de investigar bajo el supuesto de que los hechos no sean constitutivos de delito, puede propiciar el registro de información inexacta o incompleta.

Segunda etapa: alteración de cifras en momentos posteriores

  1. Los propios cauces del proceso penal pueden implicar cambios en la información originalmente registrada. Por ejemplo, el mismo Ministerio Público puede solicitar la reclasificación del delito, o bien requerir ajustes derivados del proceso de investigación complementaria; en tales casos requiere valorarse la forma y los mecanismos de garantía en que los cambios se llevarán a cabo bajo estrictos controles y no como parte de alguna estrategia para reducir la incidencia delictiva. Aún cuando pueden existir cambios posteriores de manera justificada, es indispensable prever un mecanismo de vigilancia para que esos espacios no signifiquen ventanas de arbitrariedad estadística dispuestas para ajustar la información, a fin de evitar inconsistencias o vacíos.

Ahora bien, considerando estos breves apuntes sobre algunos puntos que observamos de la manera en que se genera la información en materia de seguridad y justicia, desde México Evalúa exhortamos al Gobierno Federal a través del Secretariado Ejecutivo y el INEGI, así como a los Gobiernos Estatales, a abrazar un compromiso firme respecto a la mejora de las cifras con las que evaluamos la seguridad y la justicia.

De hacerlo, el único ganador será el Estado. Y para ello, tenemos una posible ruta de trabajo a seguir, que involucre la revisión de los procesos del sistema de seguridad y justicia penal, de generación y procesamiento estadístico, así como de la forma en que puede lograrse la accesibilidad y disponibilidad simétrica de la información para todos los interesados. La justicia exige ir más allá del discurso y de la cultura punitiva, exige de manera impostergable contar con evidencia que nos permita un entendimiento común y por tanto, un horizonte compartido.

 

Fuente;Proceso.com.mx

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